La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) publicó una resolución que suspende por 12 meses (prorrogables) la habilitación del Puerto de Ushuaia —otorgada por Decreto N° 2404/2002— y ordena su intervención administrativa inmediata en materia de infraestructura portuaria, en respuesta a denuncias recibidas en 2025 por el impacto de la Ley Provincial N° 1596 (julio 2025), que destina el superávit financiero del puerto al Fondo de Deuda de la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF), contraviniendo el Convenio de Transferencia Nación-Provincia de 1992 y poniendo en riesgo la operatividad, autonomía financiera y sostenibilidad del ente portuario según se detalla en la resolución publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina.
La medida surge
tras una inspección realizada los días 30 de septiembre y 1° de octubre de
2025, que detectó deterioro estructural grave en el muelle comercial (Sitio 3),
obsolescencia de sistemas contra incendios, deficiencias en señalización,
alumbrado, drenaje, control de accesos, gestión de residuos, protocolos de
seguridad operativa y ambiental, y falta de estándares mínimos en tecnología,
comunicaciones y ciberseguridad. Estos incumplimientos configuran faltas graves
tipificadas en los incisos I, VI y VIII del Art. 23 del Decreto 769/1993 (Ley
24.093), afectando la seguridad de la navegación, protección ambiental y
operación multipropósito del puerto (carga, pasajeros y cruceros antárticos).
La resolución
destaca que la Ley Provincial N° 1596 desnaturaliza la cláusula séptima del
Convenio de Transferencia de 1992, que obliga a aplicar los ingresos portuarios
exclusivamente a administración, operación, capacitación e inversiones
portuarias, y que la Dirección Provincial de Puertos transfirió fondos
(incluyendo $4.000 millones del superávit 2024) a fines ajenos, generando
desbalance entre préstamos y baja inversión en infraestructura (solo 1,3 % del
gasto devengado). Los descargos provinciales no desvirtuaron las observaciones
técnicas ni acreditaron regularizaciones verificables.
Aunque la
suspensión de habilitación se difiere para no interrumpir la temporada de
cruceros 2025-2026 ni comprometer el abastecimiento antártico y la conectividad
regional, la intervención administrativa inmediata —a cargo de la Gerencia de
Coordinación Técnica de ANPyN— garantiza el control directo de la gestión
operativa, técnica y administrativa, con colaboración de AGP S.A.U. (en
liquidación) y facultades para requerir apoyo de AFIP, Aduana y Prefectura
Naval. Se designa personal con cargo de mayor jerarquía y se faculta a hacer
efectiva la suspensión si la intervención no puede ejecutarse correctamente.
El puerto de Ushuaia, estratégico para soberanía austral, turismo de cruceros, pesca, carga y abastecimiento antártico, requiere medidas urgentes para recomponer infraestructura, seguridad y sostenibilidad. La intervención dura 12 meses (prorrogables) y, vencido el plazo, ANPyN evaluará levantar o mantener las sanciones tras verificar regularizaciones. La resolución busca proteger el interés público, la continuidad operativa y el cumplimiento de normas nacionales en un enclave clave para el comercio regional y la proyección argentina en el Atlántico Sur y Antártida.
GRsE
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina

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